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Auditorķa Fiscal y Operacional
El Comité de Auditoria Fiscal y Operacional solicita que
cualquier colegiado que tenga preocupaciones o recomendaciones referentes
a los aspectos fiscales (gastos, inversiones, contratos, etc.) y
operacionales (acuerdos de Asamblea y Junta de Gobierno) los remita
vía correo electrónico a:
Agrim. Pablo
Cardona E-mail: pablo_cardona2000@yahoo.com
Ing. Luis Moreno
E-mail: guisillo1@yahoo.com
Ing.
Reinaldo Cintrņn E-mail:
reinaldo_hrc@hotmail.com
Capitulo
V, Articulo 20 dispone que –
ARTÍCULO 20 - Deberes:
a)
Velar porque se utilicen los fondos del Colegio en estricto acuerdo
con el presupuesto aprobado por la Asamblea General, según
dispone el Capítulo X de este Reglamento;
b)
Comenzar por iniciativa propia o a petición de cualquiera
organismo del CIAPR o cualquier colegiado que pueda sustanciar su
querella, investigaciones de carácter fiscal u operacional
relativo a la institución;
c)
Dilucidar controversias respeto a las responsabilidades o funciones
fiscales y económicas de la institución incluyendo
pero no limitada a la propiedad en las erogaciones;
d)
El Comité tendrá acceso a todos los documentos oficiales
de carácter económico de la institución;
e)
Iniciar las acciones encaminadas al recobro de fondos, ya sean adeudados
a la institución o fondos utilizados en contravención
a las limitaciones establecidas en este Reglamento;
f)
De determinarse violación en los usos de los fondos institucionales
procederá a radicar querella ante el Comité de Ética
Profesional;
g)
Recomendar a la Junta de Gobierno sobre Métodos y principios
de sana administración y como mejor utilizar los fondos disponibles
para propósitos compatibles con los fines y responsabilidades
del Colegios.
h)
Informará directamente por escrito, a la Asamblea General
en su reunión anual sobre los resultados de su labor en el
año que termina.
i)
El informe del Comité de Auditoría Fiscal y Operacional
contendrá, por lo menos:
1)
El número de reuniones celebradas durante el año.
Listado específico de éstas, naturaleza y tema
de las mismas y participación de otros miembros del
Colegio.
2) El
número de comunicaciones escritas (incluyendo copia
de las mismas), que hayan cursado a la Junta de Gobierno,
al Presidente o a cualquier directivo central o de algún
componente del colegio.
3) La
justificación detallada de sus recomendaciones, especialmente
si las mismas están en conflicto con recomendaciones
hechas por la Junta de Gobierno.
4)
Cualesquiera otras intervenciones, acciones, querellas, etc.,
hechas para cumplir con sus deberes reglamentarios.
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