Auditorķa Fiscal y Operacional

El Comité de Auditoria Fiscal y Operacional solicita que cualquier colegiado que tenga preocupaciones o recomendaciones referentes a los aspectos fiscales (gastos, inversiones, contratos, etc.) y operacionales (acuerdos de Asamblea y Junta de Gobierno) los remita vía correo electrónico a:

Agrim. Pablo Cardona E-mail: pablo_cardona2000@yahoo.com

Ing. Luis Moreno E-mail: guisillo1@yahoo.com

 

Ing. Reinaldo Cintrņn E-mail: reinaldo_hrc@hotmail.com



Capitulo V, Articulo 20 dispone que –

ARTÍCULO 20 - Deberes:

 

a) Velar porque se utilicen los fondos del Colegio en estricto acuerdo con el presupuesto aprobado por la Asamblea General, según dispone el Capítulo X de este Reglamento;

b) Comenzar por iniciativa propia o a petición de cualquiera organismo del CIAPR o cualquier colegiado que pueda sustanciar su querella, investigaciones de carácter fiscal u operacional relativo a la institución;

c) Dilucidar controversias respeto a las responsabilidades o funciones fiscales y económicas de la institución incluyendo pero no limitada a la propiedad en las erogaciones;

d) El Comité tendrá acceso a todos los documentos oficiales de carácter económico de la institución;

e) Iniciar las acciones encaminadas al recobro de fondos, ya sean adeudados a la institución o fondos utilizados en contravención a las limitaciones establecidas en este Reglamento;

f) De determinarse violación en los usos de los fondos institucionales procederá a radicar querella ante el Comité de Ética Profesional;

g) Recomendar a la Junta de Gobierno sobre Métodos y principios de sana administración y como mejor utilizar los fondos disponibles para propósitos compatibles con los fines y responsabilidades del Colegios.

h) Informará directamente por escrito, a la Asamblea General en su reunión anual sobre los resultados de su labor en el año que termina.

i) El informe del Comité de Auditoría Fiscal y Operacional contendrá, por lo menos:

 

1) El número de reuniones celebradas durante el año. Listado específico de éstas, naturaleza y tema de las mismas y participación de otros miembros del Colegio.

2) El número de comunicaciones escritas (incluyendo copia de las mismas), que hayan cursado a la Junta de Gobierno, al Presidente o a cualquier directivo central o de algún componente del colegio.

3) La justificación detallada de sus recomendaciones, especialmente si las mismas están en conflicto con recomendaciones hechas por la Junta de Gobierno.

4) Cualesquiera otras intervenciones, acciones, querellas, etc., hechas para cumplir con sus deberes reglamentarios.

     
Colegio de Ingenieros y Agrimensores de Puerto Rico 2007